Son las obligaciones contractuales que asume el estado y que se encuentran pendientes de pagos al cierre del Ejercicio. Dichas obligaciones contractuales se denominan “Servicios de la Deuda Pública”.
Deuda Consolidada: es aquella deuda pública de mediano y largo plazo, es decir que excede un Ejercicio Fiscal.
Deuda Flotante: es la que el tesoro del estado contrae por un breve período, para proveer a momentáneas necesidades de caja por gastos imprevistos o retrasos en los ingresos ordinarios. Es el endeudamiento que se transfiere al ejercicio siguiente.