Boletín Oficial N° 3215 - Concordia, 28 de junio de 2023

SUMARIO
 
La siguiente Ordenanza y Decretos conforman el presente Boletín Oficial Municipal:
 
 
Ordenanzas: 38.032.- Decretos: 871/2023, 873/2023, 874/2023, 875/2023 y 876/2023.-
 

Concordia, 16 de Junio de 2023
 
Expte. N° 47.396-SC
 
ORDENANZA SOBRE DECLARANDO A CONCORDIA "CIUDAD EXUPERIANA CUNA DEL PRINCIPITO" y A LA FIGURA DE ANTOINE DE SAINT EXUPERY HUÉSPED ILUSTRE POST MORTEM.
 
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CONCORDIA
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
 
ARTICULO 1°.- Que nuestra ciudad ser declarada CIUDAD EXUPERIANA CUNA DEL PRINCIPITO", así también que la figura de Antoine de Saint-Exupéry sea declarada HUESPED ILUSTRE-POSTORTEM-
 
ARTICULO 2°.- Que se haga participe a las instituciones educativas de todos los niveles, ONGs y quien se interese en participar de la lectura y generar acciones para dar a conocer a nuestra ciudad como cuna de "El Principito", en la provincia de Entre Ríos como de la Argentina y países aledaños.
 
ARTÍCULO 3°.- Proponer un presupuesto para tal fin.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
 
SALA DE SESIONES "EVA PERON" 15 de Junio de 2023
 
ALFREDO DANIEL FRANCOLINI
Presiente
ROXANA BEATRIZ RONCO
Subsecretaria
a/c Secretaria
 
DEPARTAMENTO EJECUTIVO, 23 de junio de 2023
 
ORDENANZA N° 38.032
 
Téngase por Ordenanza Municipal, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
ALDO DAMIAN ALVAREZ
Secretaria de Turismo, Cultura e Innovación
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DECRETO N° 871/2.023
Concordia, 26 de junio de 2023
 
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Interno N°1327286 y,
 
CONSIDERANDO:
Que el Arq. Guillermo J. Duche, en su carácter de Comisario de la Policía de Entre Ríos, solicita dar inicio a la tramitación de la Escritura Traslativa de Dominio correspondiente a una fracción libre de terreno de dominio municipal que se encuentra ubicado en el Departamento Concordia, sobre calle J.J. Valle entre Ruta Provincial N"4 y Calle Pública, Plano de Mensura 40949, Partida Provincial 125659, Partida Municipal 50071 y así poder continuar con la tramitación del proyecto para la construcción de un nuevo edificio sede donde funcionará la Comisaria N° 11.
Que la Dirección de Catastro informa que de acuerdo a lo establecido por el Artículo N° 1 de la Ordenanza Municipal N° 37.623, es de opinión de esa Dirección que se incorpore el presente inmueble, Plano de Mensura 40949, Partida Provincial 125659, Partida Municipal 50071, con una superficie total 1 hectárea 70 área 72 centiárea a la Ley Provincial de Regularización de Títulos N° 9741, de fecha 31/10/2006. Obrando en los archivos de esa dependencia fotocopias de Ficha para Transferencia y Plano de Mensura, legalizados por la Dirección de Catastro de la Administración Tributaria de Entre Ríos - Escribano Ariel Pantaleón Mamone -, que serán adjuntadas una vez designado el escribano interviniente para la presente Escritura Traslativa de Dominio, dado que la Municipalidad de Concordia figura como poseedora.
Que a fojas 9, obra ficha para transferencia del inmueble Plano de Mensura 40949, Partida Provincial 125659, Partida Municipal 50071, ubicado en el Departamento Concordia, de Ejido de Concordia, Zona de Chacras, Chacra N° 15, Grupo A (Parte), con una superficie total de UNA HECTÁREA CON SETENTA ÁREAS Y SETENTA Y DOS CENTIÁREAS (1 Ha. 70 a. 72 ca.), cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
 
Al Norte: Recta alambrada 1-2 al rumbo S 62° 24' E de 29 m., que lindera con Suc.de Felipe Lombardo.
Al Este: Cuatro Rectas alambradas a saber: 2-3 al rumbo S 34° 16' O de 58 m. lindera con Suc.de Felipe Lombardo; 3-4, al rumbo S 37° 36' O de 170,20 m lindera con Suc. de Felipe Lombardo y con Luis Gini; 4-5 al rumbo N 80°40' O de 95,10 m. lindera con Antonio F. Lagari y con Ramona M. de Addy, 5-6 al rumbo S 10°27" O de 26,50 m, lindera con Ramona M de Addy.
Al Sur: Recta alambrada 6-7 al rumbo N 65° 03" O de 41,30 m., lindera con Mercedes de Gini.
Al Oeste: Recta alambrada 7-1 al rumbo N 52° 30' E de 311 m., lindera con Calle Pública.
 
Que mediante Ordenanza N° 37.623 de fecha 31/05/2022, se autoriza la transferencia por parte de la Municipalidad de Concordia del inmueble ubicado en calle J. J. Valle de nuestra ciudad, Partida Provincial 125659, Partida Municipal 50071, Plano de Mensura N° 40949, al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, con destino a la construcción de una nueva Dependencia Policial con categoría de Comisaría.
Que el Departamento Asesoría Legal y Técnica dictamina que con el informe N° 1823 del Registro de Propiedad Inmueble que se adjunta la documentación a resguardo en la Dirección de Catastro que oportunamente se agregara, se da cumplimiento a los pasos descriptos por el Capítulo II Art. 2 de la Ley 9741, inciso a), b) y c): debiendo proseguir el trámite cumpliendo con el inciso d) "Luego la Escribanía de la Corporación Municipal confeccionará la Escritura Pública de Regularización Dominial del inmueble en cuestión y con posterioridad se procederá a la Inscripción correspondiente en el Registro Público de la Propiedad de Inmueble", para ello debería dictarse el acto administrativo designando Escribano para la escrituración del inmueble a nombre de la Municipalidad de Concordia o seguir el procedimiento previsto en la Ley N° 9741 Capítulo II Art. 2° inciso d)..."En los casos que la Corporación Municipal no contare con escribano, la misma podrá requerir los servicios de la Escribana Mayor de Gobierno para la confección de la mencionada Escritura Pública de Regularización Dominial, corriendo por cuenta de la corporación , la inscripción en el Registro Público de la Propiedad de Inmueble.
Que en base a lo expuesto en los considerandos precedentes, este Departamento Ejecutivo Municipal estima pertinente priorizar el presente trámite, en función de la urgencia de regularizar la situación del presente caso y en consecuencia designar a la Escribana María Cecilia CHALLIOL, D.N.I. N° 24.594.222, para gestionar lo relacionado al acto de inscripción dominial del espacio y demás gestiones inherentes del inmueble que nos ocupa dado que la Municipalidad de Concordia figura como poseedora.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, inciso u) de la Ley 10027 y su Modificatoria- Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.-
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desígnese a la Escribana María Cecilia CHALLIOL, D.N.I. N° 24.594.222, para gestionar todas las acciones relacionadas a la inscripción dominial a favor de la Municipalidad de Concordia, del inmueble Plano de Mensura 40949, Partida Provincial 125659, Partida Municipal 50071, ubicado en el Departamento Concordia, Ejido de Concordia, Zona de Chacras, Chacra N° 15, Grupo A (Parte), con una superficie total de UNA HECTÁREA, SETENTA ÁREAS, SETENTA Y DOS CENTIÁREAS (1 Ha. 70 a, 72 ca.), cuyas medidas, límites y linderos son las siguientes:
 
Al Norte: Recta alambrada 1-2 al rumbo S 62° 24' E de 29 m., que lindera con Suc.de Felipe Lombardo.
Al Este: Cuatro Rectas alambradas a saber: 2-3 al rumbo S 34° 16' O de 58 m. lindera con Suc.de Felipe Lombardo; 3-4 al rumbo S 37° 36' O de 170,20 m lindera con Suco de Felipe Lombardo y con Luis Gini; 4-5 al rumbo N 80°40' O de 95,10 m. lindera con Antonio F. Lagari y con Ramona M. de Addy; 5-6 al rumbo S 10° 27" O de 26,50 m, lindera con Ramona M de Addy.
Al Sur: Recta alambrada 6-7 al rumbo N 65° 03" O de 41,30 m., lindera con Mercedes de Gini.
Al Oeste: Recta alambrada 7-1 al rumbo N 52° 30' E de 311 m., lindera con Calle Pública.
 
ARTICULO 2°.- Facúltese a la Dirección de Catastro dependiente de la Secretaría de Gobierno y Hacienda, a fin de suministrar a la Profesional designada en el Artículo 1° de la presente disposición, los Expedientes y/o documentación necesarias para llevar a cabo el trámite interesado.
 
ARTICULO 3°.- Gírese a conocimiento de la Dirección de Catastro la Secretaría de Gobierno y Hacienda y el Departamento Asesoría Legal y Técnica dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, dése a la Secretaría Gobierno y Hacienda, oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.
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DECRETO N° 873/2.023
Concordia, 26 de junio de 2023
 
VISTO el Decreto N° 765/2023 y
 
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se dispuso la modificación del rango asignado a la DIVISION DE SERVICIOS GENERALES dependiente de la Secretaría de Salud.
Que corresponde rectificar el mismo y establecer el de Dirección Política.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Art. 107°, inciso u) de la ley Provincial N° 10.027 - y su modificatoria ley N° 10.082 - Régimen de  las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Dejase sin efecto el Artículo 1° del Decreto N° 765/23, en virtud a los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Rectifíquese el ARTICULO 11° del Decreto N° 1394/2022 el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 11°.- DIVISION DE SERVICIOS GENERALES: Entenderá en la conservación higiénica del edificio Ex - Policlínico Ferroviario y en el mantenimiento de los espacios verdes de la Secretaria. Realizará reparaciones menores de mantenimiento edilicio en inmuebles de la jurisdicción y tendrá a su cargo el servicio de logística. Tendrá rango de Dirección Política, a los fines salariales.
 
ARTICULO 3°.- Mantener firme el resto del contenido de los Decretos N° 765/23 y 782/23.
 
ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese, notifíquese y posteriormente archívese.-
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Dr. MAURO JAVIER GARCIA
Secretario de Salud.
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DECRETO N° 874/2.023
Concordia, 26 de junio de 2023
 
VISTO, las actuaciones obrantes en el Expediente Interno N° 503 Letra "S" del año 2.023; y,

CONSIDERANDO:
Que de fojas 1 a 11, del mencionado Expediente, la Subsecretaría de Ingeniería, de la Secretaría de Desarrollo Urbano, eleva informe y documentación para tramitar la aprobación de planilla comparativa de modificación de la Obra: "PLAN DE PAVIMENTACIÓN CIUDAD DE CONCORDIA - 1° ETAPA", cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Concurso de Precios N° 225, Autorización N° 82/2022.
Que la presente modificación surge de la medición final de los trabajos ejecutados en la obra citada, en la cual se incluyen economías y demasías en los distintos ítems de la obra, diferencias y necesidades que fueron surgiendo durante el desarrollo de los mismos, para la correcta terminación y funcionamiento de la obra; aclarando que, aunque algunos ítems se amplían en más del 20%, el mayor gasto a aprobar representa un 10,78% del monto original.
Que obra intervención de su competencia de la Dirección de Planificación y Presupuesto y de la Subsecretaría de Hacienda.
Que a fojas 20 del mencionado Expediente, obra intervención de la Dirección de Compras y Suministros., expresando: "... aprobar el presente trámite, de acuerdo al siguiente detalle:
 
 
It Descripción P.Unit. Cant. Total
2 Demoliciones
2.1 Cordón cuneta y badenes
 
$ 1,742.22
 
247.88801
 
$ 431,875.45
3 Movimiento de Suela      
  3.1 Excavación para cordón cuneta
3.2 Excavación para badenes
3.3 Excavación común suelo sobrante
3.5 Base suelo Cemento pavimento
$ 2,864.54
$ 2,918.56
$ 3,164.66
 
$ 6,173.98
167.437764
177.594012
4831.03078
167.437764
$ 2,343,475.06
$ 518,318.78
$ 15,288.569.87
$ 1,033,757.41
4 Provisión y colocación de Hormigón      
  4.3 Pavimento de Hormigón $ 5,742.59 242.046792 $ 1,389,975.46
5 Provisión y colocación de carpeta Asfáltica      
  6 Terraplen con compactación especial
7 Cámara de captación
8 Losa de protección
$ 10,620.17
$ 716,336.17
$ 15,095.37
2,890.00
2.00
226.11
$ 30,692,291.30
$ 1,432,672.34
$ 3,413,214.11
         
    TOTAL   $ 54,544,149.80
 
De ese total a ampliar luego se le descontarán las diferencias certificadas en más de los Certificados 1 a 7, por eso lo imputado es inferior."
Que por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal considera atinente aprobar las modificaciones del plan original de la obra: "PLAN DE PAVIMENTACIÓN CIUDAD DE CONCORDIA-1° ETAPA", cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Concurso de Precios N° 225, Autorización N° 82/2022; y en consecuencia, autorizar la ampliación de la presente obra, cuyo costo ascendería a la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 22/100 .($ 45.145.317,22), adjudicada a la, Empresa VECCHIO S.R.L., por un porcentaje de incremento del 10,78%, lo que no supera un 30% del monto total de la obra, conforme a lo dispuesto en el Artículo 84° de la Ordenanza N° 34.698, conforme lo detallado en el Anexo que forma parte del presente Decreto, y en virtud de lo considerado precedentemente.
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese las modificaciones del plan original de la obra: "PLAN DE PAVIMENTACIÓN CIUDAD DE CONCORDIA - 1° ETAPA", cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Concurso de Precios N° 225, Autorización N° 82/2022, conforme lo detallado en el Anexo que forma parte del presente Decreto y en virtud de las razones invocadas en los considerandos precedentes.
 
ARTICULO 2°.- Autorícese la ampliación de la obra: "PLAN DE PAVIMENTACIÓN CIUDAD DE CONCORDIA - 1° ETAPA", cuyos antecedentes obran en la Solicitud de Concurso de Precios N° 225, Autorización N° 82/2022, por un importe total de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 22/100 ($ 45.145.317,22), adjudicada a la Empresa VECCHIO S.R.L., por un porcentaje de incremento del 10,78%, lo que no supera un 30% del monto total de la obra, conforme a lo dispuesto en el Artículo 84° de la Ordenanza N° 34.698, en virtud de lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 3°.- Impútese la presente erogación, en el Ejercicio Económico 2023, en la siguiente Partida Presupuestaría:
N° 0.7.90.02.05.08.61.05 O.P. (FONDO DE OBRA PCA.) $ 45.145.317,22.
 
ARTICULO 4°.- Dispónese que a través de la Dirección de Compras y Suministros se notifique a la firma mencionada precedentemente.
 
ARTICULO 5°.- Remítase a conocimiento de la Subsecretaría de Ingeniería, de la Secretaría de Desarrollo Urbano; tome nota la Contaduría Municipal, y cumplido, gírese a la Dirección de Compras y Suministros, a sus efectos.
 
ARTICULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Secretaría de Gobierno y Hacienda; y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 875/2.023
Concordia, 26 de junio de 2023
 
VISTO, el ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA de la obra:"PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜES EN AV. CHAJARI ENTRE NÉSTOR GARA T, Y BATALLA DE CEPEDA" Licitación Pública N° 45/21, suscripta, entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA y la Empresa "HUGO ROBERTO GOÑE"; y,
 
CONSIDERANDO:
Que en la Ciudad de Concordia, Departamento Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los Treinta y un (31) días del mes de Mayo del año 2023, en la Subsecretaría de Ingeniería, de la Secretaria de Desarrollo Urbano, de la Municipalidad de Concordia, con la presencia del M.M.O. Hugo R. GOÑE, en su carácter de Representante Técnico de la empresa "HUGO ROBERTO GOÑE", y por la otra parte, el Ingeniero Carlos Sebastián SCEVOLA, en su carácter de Inspector de obra, en representación de la Municipalidad de Concordia, se procede a firmar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜES EN AV. CHAJARI ENTRE NÉSTOR GARAT y BATALLA DE CEPEDA", Licitación Pública N° 45/21, cuyos antecedentes obran en el Expediente W 723 Letra "S" del año 2021.
Que en virtud de ello, este Departamento Ejecutivo Municipal considera atinente aprobar el Acta de Recepción. Definitiva correspondiente a la Obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜES EN AV. CHAJARI ENTRE NÉSTOR GARAT Y BATALLA DE CEPEDA", Licitación Pública N° 45/21, suscripta entre la MUNICIPALIDAD DE CONCORDIA Y la empresa "HUGO ROBERTOGOÑE".
Que el dictado de la medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Ejecutivo Municipal por el Artículo 107°, Incisos ñ), q) y u) de la Ley N° 10.027 y su modificatoria - Régimen de las Municipalidades de Entre Ríos.
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Apruébese el ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA, de fecha 31 de Mayo de 2023, correspondiente a la Obra: "PROVISIÓN DE MATERIALES Y MANO DE OBRA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE DESAGÜES EN AV. CHAJARI ENTRE NÉSTOR GARAT y BATALLA DE CEPEDA", Licitación Pública N°45/21, efectuada por el Ingeniero Carlos Sebastián SCEVOLA, en su carácter de Inspector de obra, en representación de la Municipalidad de Concordia, y por la otra parte, el M.M.O. Hugo R. GOÑE, en su carácter de Representante Técnico de la empresa "HUGO ROBERTO GOÑE"; en virtud de lo considerado precedentemente.
 
ARTICULO 2°.- Tome nota la Subsecretaría de Ingeniería, de la Secretaria de Desarrollo Urbano; cumplido, gírese a la Dirección de Compras y Suministros, a sus efectos.
 
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Secretaría de Gobierno y Hacienda; y oportunamente, archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano.
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DECRETO N° 876/2.023
Concordia, 26 de junio de 2023
 
VISTO; la Ordenanza N° 37.815/2.22 y el Decreto N° 1.258/2.022, y;
 
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota de fecha 26 de Junio de 2.023 el Secretario de Desarrollo Social Oscar Fernando Barboza DNI 23.493.955, procede a renunciar al cargo antes mencionado, agradeciendo su gestión a este municipio.
Que por lo expuesto anteriormente es necesario dar cumplimiento a la designación del Sr. Jorge Antonio Mendieta, DNI 21.775.305, conforme a las funciones y competencias establecidas en el Ordenanza N° 37.815/2022 Capítulo IV.
Que el dictado de la presente medida se efectúa en uso de las atribuciones conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal por la Ley Provincial N° 10.027- Régimen Municipal- modificado por la Ley Provincial N° 10.082, según T.O. Decreto N° 4706/12 del Poder Ejecutivo Provincial.-
 
Por ello,
 
EL PRESIDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
 
ARTICULO 1°.- Desaféctese del cargo de Secretario de Desarrollo Social de la Municipalidad de Concordia, al Lic. Fernando Oscar Barboza, DNI 23.493.955, designado mediante Decreto N° 1.258/2.022, según el considerando procedente.
 
ARTICULO 2°.- Designase Secretario de Desarrollo Social de la Municipalidad de Concordia, al Señor Jorge Antonio Mendieta DNI: 21.775.305, conforme a las funciones y competencias establecidas en la Ordenanza, N° 37.815/2022, Capítulo IV.
 
ARTICULO 3°.- Dispónese que lo dispuesto en el presente Decreto tiene vigencia a partir del 26 de Junio del 2.023.
 
ARTICULO 4°.- Gírese a la Dirección de Liquidaciones, Dirección de Recursos Humanos.  
 
ARTICULO 5°.- Comuníquese, regístrese, publíquese, dese a la Secretaría de Desarrollo Social, y oportunamente archívese.
 
Dr. ENRIQUE TOMAS CRESTO
Presidente Municipal
Arq. MIREYA LOPEZ BERNIS
Secretaria de Desarrollo Urbano
a/c Secretaria de Gobierno y Hacienda.