martes
julio
02
Puerto 9.28m.
Lago 35.19m.
La Tasa General Inmobiliaria es la contraprestación pecuniaria que debe efectuarse al Municipio por los servicios de barrido, riego, carpido, recolección de residuos, abovedamientos, zanjas, arreglo de calles, desagües y alcantarillas, su conservación y mantenimiento, forestación y poda de árboles y demás servicios por los que no se prevean gravámenes especiales, siendo obligatorio su pago por los propietarios de los inmuebles que se beneficien directa o indirectamente con todo o algunos de los servicios enumerados.
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